La gestión correspondiente al ejercicio fiscal 2014 deberá entregarse a mediados de 2015. Aquí os mostramos cómo hacer la declaración de la Renta y qué novedades trae Hacienda.
Cada año, la Agencia Tributaria española lanza alguna nueva herramienta para ayudar a los contribuyentes a realizar las declaraciones de Renta. 2014 no es la excepción y el ejercicio fiscal del año cuenta con un simulador online gratuito que actúa como una versión simplificada del famoso programa PADRE.
El simulador permite la introducción de datos fiscales y probar el resultado sin necesidad de oficializar los resultados a la hora de hacer los cálculos correspondientes. El Simulador de Renta 2014 permite obtener el resultado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con el fin de entregarlo en 2015, sin implicaciones formales, solo para informar a los contribuyentes si les toca pagar o devolver.
Sin importar si la declaración se hará físicamente en algunas de las oficinas de la Agencia Tributaria o a través de Internet, el Simulador es una herramienta que permitirá tener más claras las cuentas.
¿Cuáles son los pasos aconsejados?
- Abrir el Simulador de Renta 2014-2015 e introducir los datos requeridos. Al final, éste mostrará cuánto habrá que pagar o devolver y porqué. Este paso previo podría disminuir el error.
- Tener preparado/as:
- La decoración del año anterior. Hay que incluir las cifras, incluidos los decimales.
- Móvil.
- Número de cuenta (código IBAN)
- Referencia catastral de la vivienda.
- Certificado de retenciones de la empresa en la que se trabaja.
- Datos fiscales del banco.
- Decidir por cuál de las dos vías disponibles se hará la declaración: Internet u oficinas de la Agencia Tributaria.
Si la opción elegida es la digital:
- Ir a la sección Renta 2014 de la web de la Agencia Tributaria.
- En la parte superior izquierda, hacer clic en ¨Obtener número de referencia para acceder al borrador y datos fiscales¨ y rellenar los datos (DNI, primer apellido y el monto exacto de la declaración pasada).
- Entrar en ¨Obtener borrador¨ e introducir dos veces el número de móvil. Al ¨Aceptar¨, la Agencia Tributaria hará llegar un mensaje al número especificado con un número de referencia, con el cual será posible acceder al borrador. El documento del borrador podrá descargarse en PDF o rellenarse directamente en pantalla.
• Para reclamar el borrador desde el 1 de abril, a través de Internet o de la Agencia, es necesario:
- Tener nómina.
- Ingresos bancarios sujetos a retención o ingreso a cuenta, así como los derivados de letras del Tesoro.
- Recibir ingresos por un alquiler siempre que procedan, máximo, de dos inmuebles.
- Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
- En el apartado ¨Servicios disponibles¨, hay que entrar en ¨Modificar borrador¨. En la pantalla ¨Datos cálculo¨ aparecen todos los datos del borrador y habrá que comprobar si son correctos.
- Cuando esté todo correcto, continuar para seleccionar la forma de pago, en caso de que corresponda, o código de cuenta en caso de devolución. Confirmar.
- También se puede hacer la declaración sin borrador, descargando el programa PADRE, que facilita la descarga de datos fiscales y personales para la declaración. Este software facilita los pasos a seguir para cumplimentar la declaración.
- Una vez realizada, puede entregarse por Internet, en el banco o caja o en cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria.
Hacienda también ofrece un servicio de atención a los contribuyentes a través del cual los mismos trabajadores fiscales realizan la declaración. Para acceder a él es necesario solicitar cita previa en las oficinas. A la cita, los contribuyentes deberán llevar:
- Declaración de la Renta del año anterior.
- DNI del titular y fotocopia de todos los miembros de la unidad familiar.
- Número de cuenta del banco o caja de ahorros.
- Referencias catastrales y recibos del IBI de todos los inmuebles de los que sea propietario.
- Certificado de rendimientos de trabajo.
- Justificante con los ingresos recibidos.
- Copias de justificante procedentes de rendimiento del capital inmobiliario.
- Rendimientos de actividades económicas en módulos.
- Ganancias o pérdidas patrimoniales por venta de vivienda habitual.
- Ganancias o pérdidas por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes.
- Documentos que justifiquen las deducciones. Por ejemplo, por alquiler de vivienda. Para ello, habrá que presentar el DNI del arrendador y el justificante de las cantidades pagadas por el alquiler.
Los requisitos fueron también publicados en La Provincia.
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